Por: Alejandro Vega Vega
La comunidad indígena Boruca, en Costa Rica, ha propuesto una ley de protección de sus obras bajo las normas de la propiedad intelectual. La iniciativa lleva el nombre de Ley de la Biodiversidad y cuenta con el apoyo de la Comisión Nacional de Gestión de la Biodiversidad de Costa Rica. En la ley se consagran los derechos intelectuales comunitarios que reconocen la autoría intelectual plasmada en una obra, danza o alimento proveniente de la biodiversidad y cuya autoría sea compartida.
El principal objeto que los Borucas buscan proteger a través de esta nueva normativa son las máscaras tradicionales utilizadas en la fiesta autóctona del Juego de los Diablitos. Esta celebración, que se lleva a cabo del 30 de diciembre al 2 de enero de cada año, conmemora la lucha de los Borucas contra los conquistadores españoles. Según el grupo indígena, cada máscara lleva consigo siglos de tradición de las personas que habitaron el territorio y nutrieron su cultura. En los diseños se encuentran figuras como diablos, mariposas, serpientes, tucanes y jaguares, los cuales reflejan la relación armoniosa entre el pueblo Boruca y la biodiversidad de la naturaleza costarricense.
Si bien en el régimen de propiedad intelectual en Costa Rica le otorga al derecho de autor mecanismos para la protección de las creaciones, estos son de carácter individual en los que se reconocen únicamente al autor o creador de una obra. Esta norma no aplicaría para el caso de las obras indígenas puesto que estas han sido generadas desde tiempos ancestrales a partir del conocimiento transmitido de generación a generación.
A partir de esto, surgió la inquietud por parte de los artesanos Borucas quienes viéndose originalmente
Actualmente las producciones de los artesanos Borucas tienen una denominación de origen que se ocupa de la protección para fines comerciales pero no protege los derechos intelectuales de la colectividad. Aunque la denominación implique un beneficio económico, le restan importancia al amplio conocimiento tradicional, que debe ser respetado al ser un producto que nace de la cosmovisión de una comunidad.
Mecanismos como el propuesto por los indígenas Borugas no son muy comunes y existen pocos ejemplos en América Latina, como lo son en Panamá mediante la expedición de la ley 20 de 2000, y en Perú con la promulgación de la Ley 27811 de 2002 “Que establece el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos”.
En el caso Panameño el pueblo indígena Guna logró la protección de sus Molas, vestimenta tradicional de la comunidad, mediante la expedición de la ley 20 de 2000, a partir de la cual debe solicitarse autorización a la comunidad indígena para poder reproducir los diseños tradicionales de su pueblo.
Por otro lado, en Perú la ley 27811 de 2002, tiene una finalidad similar, pero se encuentra más enfocada a la protección de los conocimientos colectivos derivados de los recursos biológicos, que buscan proteger en mayor medida el patrimonio científico de los pueblos aborígenes, así como su tradición cultural.