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Cerlalc impulsa la adopción de estatutos de obras huérfanas en Colombia y busca promoverlo en América Latina

Autor
Coordinación Comunicaciones
Fecha
21 septiembre, 2018

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El Cerlalc está trabajando de la mano de la Biblioteca Nacional de Colombia para el impulso del Decreto reglamentario del estatuto de uso de obras huérfanas adoptado bajo la Ley 1915 de 2018.

En 2016, el Centro presentó recomendaciones al Ministerio del Interior, que respaldó en el Senado de la República y en diferentes espacios académicos hasta alcanzar la adopción de la ley.

Esta delega a la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) la reglamentación de asuntos como definir la búsqueda diligente y determinar la justa retribución en caso de que aparezca el titular de una obra catalogada como huérfana.  

La adopción del estatuto de uso de obras huérfanas representa un avance significativo de Colombia en los procesos de democratización efectiva del conocimiento. Sin embargo, sus efectos no serán tangibles hasta que se logre concertar la reglamentación. Por esta razón, el Centro ha preparado una propuesta que pretende evitar que se cataloguen como huérfanas aquellas obras que no lo son, sin que esto suponga imponer requisitos engorrosos que impidan la inclusión de las obras huérfanas dentro de los repositorios de las entidades encargadas de la protección y difusión del acervo cultural.

Una vez se consolide el modelo colombiano, el Cerlalc promoverá la adopción de figuras similares en toda la región en beneficio de las distintas bibliotecas patrimoniales.

En un evento organizado por el Centro Colombiano de Derecho de Autor (CECOLDA) el 20 de septiembre de 2018 en Bogotá, Fredy Forero, coordinador jurídico del Cerlalc, sostuvo que se necesitan cambios legislativos que faciliten la creación de repositorios digitales y la puesta en marcha de sistemas de préstamo público en formato electrónico.

No obstante, el Cerlalc no apoyará la adopción de limitaciones y excepciones al derecho de autor que pongan en riesgo al sector editorial de la región. En este sentido, Forero exaltó la adopción de estatutos de uso de obras huérfanas como una medida proporcionada que permite la transformación de los servicios bibliotecarios bajo el paradigma digital sin desatender el concepto de retribución justa y el respeto de las prerrogativas de los autores.