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El creador del famoso toro de Wall Street pide a la alcaldía de Nueva York el retiro de la Fearless Girl por infringir derechos de autor

Autor
Coordinación Comunicaciones
Data
18 abril, 2017

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Por: Natalia Tovar Patarroyo
El italiano Arturo Di Modica, autor de la emblemática escultura de bronce “Charging Bull”, ha solicitado al alcalde de Nueva York que se remueva la figura de la niña con actitud desafiante que se situó frente al imponente toro de Wall Street.

Di Modica instaló su obra en la noche y sin autorización, tras el desplome de los mercados de 1987 como un regalo para la ciudad en el que gastó cerca de 300.000 dólares. La escultura que representa el coraje y valentía estadounidense, fue reubicada en el parque Bowling Green por petición de la ciudadanía que se oponía al retiro ordenado por la alcaldía.

En contraste, la Fearless Girl de la artista Kristen Visbal fue un encargo del fondo State Street Global Advisors (SSGA) con motivo del Día Internacional de la Mujer y hace parte de una campaña publicitaria para promover el índice de diversidad de género SHE. Inicialmente la escultura iba a permanecer una semana pero el permiso se extendió por un año, después de que el alcalde Bill de Blasio reconociera la obra como un símbolo de la lucha por la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

Los argumentos de Di Modica

El escultor italiano señaló a la obra de Visbal como un truco publicitario que rompe con la dinámica artística de su trabajo y tiene valor solo en la medida en que se instaló frente a la escultura del Charging Bull.

Sus abogados remitieron una carta al alcalde de Nueva York solicitando una indemnización por los perjuicios causados y la reubicación de la estatua de la Fearless Girl. Argumentan que se violaron los derechos tanto morales como patrimoniales del artista.

En el ámbito patrimonial, aducen que SSGA vulneró los derechos de reproducción, realización de obras derivadas y distribución de los que Di Modica es titular al apropiarse de su trabajo y explotarlo sin su autorización.

En concreto, resaltan que las dos esculturas son de bronce y el adoquín del parque en donde se encuentra el Charging Bull se extendió hasta el lugar que ocupa la nueva escultura, unificando deliberadamente las dos obras y dando sentido al trabajo de Visbal. Así, el Toro se convirtió en un elemento necesario de una nueva obra derivada: La chica sin miedo, enfrenta al famoso símbolo de Wall Street.

En el documento también se hace alusión a un video con el que el Fondo habría comercializado el trabajo de Di Modica. La publicidad muestra a Visbal dibujando un boceto de su obra junto a una imagen del Charging Bull, que posteriormente aparece al lado de la estatua de la niña en su posición actual.

Si efectivamente se prueba la existencia del video, SSGA se sumaría a la lista de empresas encabezada por Wal-Mart y Random House, quienes también se beneficiado irregularmente de la creación de Di Modica.

En cuanto a los derechos morales se advierte que la nueva escultura distorsionó y alteró intencionalmente la integridad de la obra del artista italiano, a la vez que modificó su sentido. Ésta ya no representa un mensaje optimista y positivo, pues se convirtió en un símbolo amenazante que se levanta como un obstáculo para hacer lo correcto.

El debate en torno a los derechos morales

La protección estos derechos en la legislación estadounidense es muy limitada en comparación con la de otros sistemas. Los principios de atribución e integridad solo están consagrados en la Ley de Derechos de los Artistas Visuales expedida en 1990, que contempla la potestad de prevenir cualquier distorsión, modificación o mutilación intencional de la obra que perjudique el honor o la reputación del autor.

Existen posiciones encontradas respecto a la aplicación de esta disposición en el caso planteado por Di Modica ya que las cortes estadounidenses han tratado el principio de integridad solo en situaciones que comprometen modificaciones físicas a las obras y no hay precedentes al respecto.

Hay quienes consideran errónea la postura del escultor italiano porque interpretan que la protección otorgada por la Ley excluye las alteraciones no tangibles, lo que hace irrelevante el hecho de que en su interacción con el mítico toro, la estatua de la niña haya cambiado el significado de aquel. Bajo esta lógica, la solicitud de Di Modica atenta contra la libertad de expresión al restringir la posibilidad de que los artistas expongan sus obras cerca de otras piezas existentes.

En la otra orilla están quienes creen que Di Modica tiene argumentos legítimos pues los temas referentes a los derechos morales establecidos en la Ley de 1990 no han sido completamente desarrollados. En consecuencia, si se tiene en cuenta que el contexto y el concepto son elementos intrínsecos a las obras de arte, no existe fundamento alguno para limitar la definición de “modificación” únicamente a las alteraciones físicas que se realicen sobre un determinado trabajo.

En la actualidad hay un debate en torno al carácter económico que impera en la legislación estadounidense sobre derecho de autor. La oficina encargada de esta materia, está llevando a cabo un estudio sobre la atribución e integridad que pretende determinar si es necesario ampliar la protección en esta área. Del 23 de enero al 30 de marzo del año en curso se realizó la primera ronda pública de comentarios que buscaba involucrar a la ciudadanía en la discusión.