30 de septiembre de 2016
El Director General de la OMPI, Francis Gurry, se mostró complacido por la entrada en vigor del Tratado de Marrakech, que dará a partir de ahora nuevo impulso al número de textos especialmente adaptados, en beneficio de las personas ciegas y otras personas con dificultad para acceder al texto impreso que viven en las distintas partes del mundo.
El Tratado de “libros para los ciegos” entró en vigor el 30 de septiembre de 2016, tres meses después de lograr las 20 ratificaciones o adhesiones necesarias por parte de los Estados miembros de la OMPI.
Vídeo: Mensaje del Director General – En YouTube
“Es un gran día para las personas con discapacidad visual de todo el mundo que, a partir de hoy, podrán empezar a disponer de un mayor número de textos adaptados a su uso,” dijo el Director General de la OMPI, Francis Gurry. “Este día representa también una importante victoria para el multilateralismo y la comunidad internacional, que puso de manifiesto su capacidad de unirse para mejorar la vida de mucha gente en todo el mundo, llevando la lectura y la oportunidad de leer a las personas con discapacidad visual de todo el mundo.”
El Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso facilita la creación y la transferencia entre países de libros adaptados especialmente, por ejemplo en formato Braille o en tipos de imprenta grandes, para su uso por las personas con discapacidad visual, cuyo número está estimado por la Organización Mundial de la Salud en 285 millones en todo el mundo, así como los otros millones de personas con dificultades para acceder al texto impreso.
Para marcar la entrada en vigor del Tratado de Marrakech, la OMPI ha organizado un acto simbólico de transferencia de libros accesibles en formato de audio desde el Canadá hasta Australia, por medio del servicio de libros del ABC de la OMPI. La transferencia del Canadian National Institute for the Blind a Vision Australia supone que Vision Australia no tendrá que encargarse de reproducir esos libros, lo que genera un ahorro de unos 2.000 dólares EE.UU. por cada libro.
El Tratado de Marrakech – Punto final al “hambre de libros”
Con el Tratado de Marrakech se aspira a subsanar el “hambre de libros”, al exigir a las Partes Contratantes que adopten disposiciones en las respectivas legislaciones nacionales que permitan la reproducción y distribución de obras publicadas en formatos accesibles, y su puesta a disposición del público, mediante la aplicación de limitaciones y excepciones a los derechos de los titulares de obras protegidas por derecho de autor.
Prevé asimismo el intercambio transfronterizo de ejemplares en formatos accesibles a través de organizaciones que atiendan a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. Armoniza, además, las limitaciones y excepciones para que estas organizaciones puedan actuar más allá de las fronteras.
Al eliminar las duplicaciones e incrementar la eficiencia, el intercambio de ejemplares en formatos accesibles debería aumentar el número general de obras disponibles. Por ejemplo, en lugar de tener a cinco países elaborando versiones accesibles de la misma obra, esos cinco países podrán elaborar una versión accesible de una obra diferente, que posteriormente podrán intercambiar entre ellos.
El Tratado tiene por objeto asimismo asegurar a los autores y editores que el sistema no expondrá sus obras publicadas al uso indebido de las mismas o a su distribución a terceros distintos de los beneficiarios previstos. El Tratado reitera la obligación de restringir el intercambio transfronterizo de obras, sobre la base de limitaciones y excepciones, a determinados casos especiales que no atenten a la explotación normal de la obra y no causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular del derecho.
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