El Tratado de Marrakech representa la concreción de voluntades gubernamentales por saldar la deuda social con las personas ciegas o con discapacidad visual y dinamiza la colaboración de la comunidad internacional facilitando los intercambios transfronterizos de obras en formatos accesibles. No obstante, la agenda pública no puede limitarse a la implementación de las medidas contempladas en el mencionado Tratado.
Las falencias en los sistemas de producción y difusión de obras en formatos accesibles no se derivan de la normativa vigente en materia de derecho de autor, por lo que la adopción de limitaciones y excepciones no es suficiente para promover el acceso a contenidos en términos de igualdad.
Se requieren políticas públicas integrales que fijen a la lectura y escritura como prácticas sociales trascendentales de inclusión social y factores de desarrollo humano integral.
La implementación del Tratado de Marrakech se debe realizar de manera armónica con los compromisos internacionales asumidos en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.
La construcción de las mencionadas políticas públicas, además, deberá estar precedida de procesos activos de consulta con las personas ciegas o con baja visión y las organizaciones que las representan.
El CERLALC y ULAC invitan respetuosamente a los gobiernos de América Latina a fortalecer las estrategias público-privadas de fomento a la producción de obras en formatos accesibles, ampliando las actuales discusiones en torno al derecho de autor y, en particular, adoptar políticas de inversión pública a partir de los siguientes pilares:
1. Fortalecer las herramientas de mediación de lectura en formatos accesibles.
Los beneficios de las compras públicas de libros en procesos de dotación de bibliotecas y escuelas o campañas de promoción de lectura se verifican por dos vías. Por un lado, se adquieren los elementos básicos para el desarrollo de actividades de mediación de lectura. Por otro lado, se usa la inversión pública como incentivo al sector privado para la publicación de obras en formatos accesibles, minimizando las actuales falencias del mercado.
Los fondos públicos de inversión y las compras públicas en general deben contemplar una partida presupuestal exclusiva para la adquisición de materiales de lectura en formatos accesibles, así como los dispositivos electrónicos para acceder a estos.
Dentro de los actuales estímulos y beneficios tributarios al sector del libro, adoptados en las legislaciones nacionales de la región, no existe ninguno que incentive la producción de materiales accesibles, por lo que la oferta de materiales de lectura para las personas ciegas o con baja visión no aumentará en la medida en que las compras públicas los excluyan.
Las estrategias definidas en los planes o programas nacionales y locales de lectura deben contemplar de manera transversal el uso de materiales accesibles para las personas ciegas o con baja visión e incluir programas de sensibilización y formación de maestros y mediadores sobre el aprendizaje y la mediación de la lectura en formatos accesibles.
2. Definir estándares de calidad.
Los procesos de compras públicas de materiales de lectura para personas ciegas o con baja visión deben incluir estándares unificados de estricto cumplimiento de accesibilidad.
Los materiales accesibles no pueden presentar diferencias con el contenido inicialmente publicado. Además, deben incluir herramientas de subrayado, búsqueda por capítulo y navegabilidad amigable. En términos generales, se debe definir qué condiciones debe cumplir el material para ser aceptado como accesible.
3. Generar condiciones de producción local
La implementación del Tratado de Marrakech debe
considerar los objetivos y principios establecidos en la Convención sobre la
protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales de
2005 y, en esa medida, se deben generar condiciones locales de producción que
garanticen un estructura robusta de adaptación que incluya el patrimonio
bibliográfico de la nación e impulsar el intercambio transfronterizo de la
producción editorial latinoamericana en formatos accesibles.
Los modelos de cooperación norte-sur y sur-sur deben apuntar
a la instalación de condiciones locales de producción de obras en formatos
accesibles, dejando de lado la donación de ejemplares.
Los esfuerzos de las entidades autorizadas se deben concentrar en la adaptación de obras nacionales y la recepción de las extranjeras a través del intercambio transfronterizo.
4. Crear sistemas de información
Una parte esencial de
la implementación del Tratado es la definición de “entidad autorizada”.
Idealmente no se deben adoptar procedimientos engorrosos para otorgar esta categoría
a las organizaciones interesadas en la adaptación y difusión gratuita de obras
en formatos accesibles. No obstante, es indispensable identificarlas, por lo
que es recomendable la creación de un registro nacional de entidades
autorizadas, gratuito y de acceso público, administrado por la entidad pública
encargada por mandato legal de la implementación del Tratado.
Por otra parte, la
información bibliográfica de los acervos de obras en formatos accesibles no se
encuentra sistematizada en bases de datos homogéneas de público acceso, lo que
dificulta el intercambio transfronterizo de archivos e incluso en el ámbito local.
Es necesaria la creación de catálogos nacionales de obras en formatos accesibles que permitan a las entidades autorizadas verificar la disponibilidad de un título de manera previa a su adaptación para así evitar replicar esfuerzos y permitir a los usuarios conocer el acervo disponible y los datos de contacto de la entidad que provea el acceso.
5. Asumir desde lo público la producción Braille
El sistema Braille es fundamental en el
desarrollo de los procesos de pensamiento de los niños y niñas ciegos por
cuanto permite la adquisición de competencias lectoras y escritoras que son el
fundamento del aprendizaje en el entorno escolar, especialmente en la educación
inicial y básica. Esto no quiere decir que la lectura y escritura dejen de
tener un papel preponderante en la educación media y superior, solo que para
los estudiantes ciegos o con baja visión, el acceso puede darse también a
través de otros medios como el digital, siempre y cuando el desarrollo del
pensamiento se haya dado a partir del uso sistemático, continuo y aplicado del
Braille.
Considerando que los elevados costos de su producción hacen inviable que el sector privado abra líneas de producción Braille, es indispensable que sea el Estado quien asuma la producción de libros y textos en este sistema y cree además las condiciones de acceso, desde la compra de dispositivos Braille e impresoras que favorezcan el flujo de material en este formato.