Requisitos generales:
- Estar registrado en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) que no tenga la condición de no habido.
Las personas naturales no obligadas a inscribirse en el RUC pueden hacer operaciones de exportación 3 veces al año por menos de 1000 dólares cada una o una operación al año entre 1000 y 3000 dólares.
Cuando los productos no superan los 5000 dólares, se pueden usar las modalidades de exportación Despacho Simplificado de Exportación (DSE) o la Declaración Exporta Fácil (DEF).
Documentos:
- Documento de identidad del exportador.
- Factura o Boleta de venta.
- Documento de transporte.
- Poder Notarial que autorice al agente de aduanas cuando la operación se hace a través de uno.
- Certificado de Origen según las normas del Tratado de Libre Comercio entre Perú y México.